(María José Hernández y Lucía Izquierdo junto a Antonio Gutiérrez cuando se presentó recurso al Supremo. EFE)
La familia de Miguel Hernández pide al Constitucional revisar la sentencia
Los herederos basan su recurso de revisión de la condena al poeta en el voto particular del magistrado del Supremo que asegura que se ha infringido el principio de tutela judicial efectiva, al no darse "una respuesta congruente" a la petición
CRISTINA MARTÍNEZ
El pasado 21 de febrero, la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo denegó la interposición del recurso de revisión de la sentencia que condenó a muerte a Miguel Hernández, una iniciativa de la familia del poeta con el objetivo último de que se declarase nulo el juicio que así lo determinó y por tanto también su decisión. Sin embargo, los herederos del poeta oriolano, tras el estudio del dictamen del Supremo, han decidido recurrir ante el Tribunal Constitucional esta decisión.
El recurso, que está preparando el abogado de la familia, Carlos Candela, se presentará en un tiempo máximo de dos semanas, cumpliendo el plazo establecido para este tipo de alegaciones.
El letrado aseguró ayer que el Constitucional establece unos principios y que en este caso, el recurso se basa en la argumentación del voto particular realizado por uno de los siete magistrados del Supremo que estudiaron la petición de los herederos del poeta, personalizada en la nieta, María José Hernández.
"Este recurso particular es la vía que nos ha dejado abierta para ir al Constitucional", ya que "la ilegitimidad de la sentencia que condenó al poeta no implica su nulidad, algo que solo puede hacer la sala quinta del Supremo porque es una competencia exclusiva.
De esta manera -afirma el abogado- el Alto Tribunal lo que tendrá que decirle al Supremo es que admita el recurso para que a su vez se admita la petición de la familia".
En este sentido, afirma que "se ha infringido el principio de tutela judicial efectiva porque no ofrece a la persona que ha hecho una solicitud, una respuesta congruente con su petición, sin que exista causa legal válida y suficiente que lo impida".
La sentencia del TS admitía que la condena a Miguel Hernández, dictada por el Consejo de Guerra Permanente no 5 de Madrid el 18 de enero de 1940, es "radicalmente injusta" e ilegítima "por vicios de fondo y forma", según la ley de la Memoria Histórica, por lo que "no cabe recurso alguno".
Sin embargo, el recurso que prepara Carlos Candela sienta sus bases en el voto particular del magistrado Javier Julián Hernán, en cuyo manifiesto destaca que la ilegitimidad manifestada en la ley de la Memoria Histórica "es plenamente compatible con los demás derechos y medidas reparadoras reconocidas en normas anteriores, así como con el ejercicio de las acciones a que hubiere lugar ante los tribunales de justicia pertinentes".
Además, "en modo alguno esa ley excluye el derecho de quienes estén legítimamente interesados en promover la revisión de dichas sentencias, a que puedan hacerlo y obtener su anulación judicial". También dice que la ilegitimidad e injusticia "no alcanza a declarar la nulidad judicial de las resoluciones que las contemplaron y que ha de poderse obtener a través de los procedimientos que las leyes prevean, como resalta la propia ley al señalar su plena compatibilidad con el ejercicio de cualquier actuación ante los tribunales de justicia".
Además, no contempla "una declaración individualizada de nulidad de las resoluciones a las que se refiere". Doble condena La nuera del poeta, Lucía Izquierdo, destacó que "vamos a ir al Constitucional, pero sabemos lo que va a pasar porque son los mismos los que va a revisar ese dictamen". Así, afirmó que "reconocen los magistrados que la sentencia fue injusta e ilegítima, y sin embargo siguen en la ilegalidad condenándole otra vez a muerte.
Si es tan injusto que lo anule, no entendemos por qué tanto miedo, que hagan lo que hicieron en Alemania y Argentina, restituir la memoria y el honor de las personas y no ha pasado nada, no sé por qué este miedo".
Imagen e información http://www.diarioinformacion.com/cultura/
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